O novo salario mínino
Como xa é sabido o novo Salario Mínimo Interprofesional entrou en vigor o 2 de xaneiro do presente ano. A partir desta data calquera traballador ou traballadora debe percibir por unha xornada laboral completa un mínimo de 900€.
Adxuntamos dous exemplos de nóminas, unha coas pagas extras prorrateadas (12 pagas) e outra sen prorratear (14 pagas).
Nómina 14 pagas
Nómina 12 pagas
Adxuntamos dous exemplos de nóminas, unha coas pagas extras prorrateadas (12 pagas) e outra sen prorratear (14 pagas).
Nómina 14 pagas
Nómina 12 pagas
Hola.. .soy Educadora infantil, me gustaría obtener información sobre el sindicato y ver si me podíais ayudar con una duda sobre el sueldo mínimo y las nóminas. gracias
ResponderEliminarun saludo
Ola Marta, boa noite. escríbenos al correo snepdegalicia@gmail.com e intentaremos solucionar vuestras dudas.
EliminarHola
ResponderEliminarQuería saber cuanto te tienen que retener por un día de baja cobrando el mínimo por convenio de tsi
Gracias
Hola Pepa. Necesitamos más datos. Escríbenos a snepdegalicia@gmail.com. Necesitamos una nómina. Aunque el convenio de E. Infantil contempla que durante tres meses la empresa debe complementar el salario al 100%, lo cierto es que también dice que no es así en lo tocante a las pagas extras. Necesitamos ver tu nómina,saber en que tipo de escuela infantil trabajas, etc.
EliminarMe gustaria haceros una consulta sobre el smi, ppc y demás. Mil gracias
ResponderEliminarOla, boa noite. Envíanos un correo con tus consultas a snepdegalicia@gmail.com. Ten en cuenta que trabajamos en nuestro centro, no somos liberados, por lo que podemos tardar un par de días en contestar.
EliminarEl artículo 27 del Estatuto de los trabajadores establece: La revisión del salario mínimo interprofesional no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales cuando estos, en su conjunto y cómputo anual, fueran superiores a aquel. Los distintos conceptos que se abonan en una nómina, esto es salario base más complementos, tienen una naturaleza determinada y habrá que analizar esa naturaleza para saber si se nos tiene que aplicar la subida del SMI. En el caso de las trabajadoras de Escuelas Infantiles, tanto el S. Base, la antigüedad o el complemento específico de las educadoras infantiles son de naturaleza salarial; esto quiere decir que computan como salario por lo que si la suma de estos conceptos supera el SMI, no ha lugar a ningún tipo de subida en base a este SMI.
ResponderEliminarOtra precisión importante; siempre hablamos de salario bruto, esto es, antes de los descuentos de la SS e IRPF si correspondiese, lo que, debido a la remuneración existente en este convenio, resulta casi imposible. En fin, 38 horas semanales cuidando y educando a nuestros hijos en el caso de las educadoras, 39 en el caso de auxiliares, asistentes infantiles, cocineras...para un salario de miseria.
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